lunes, octubre 30, 2006

El Código Técnico de la Edificación y las empresas

La ministra Trujillo en su intervención en el Senado ha asegurado que el Código Técnico de la Edificación actuará como impulsor de la competencia y la calidad de los servicios de las empresas sector. Según la Ministra el CTE situará a España entre los países más innovadores en normativa de la edificación.

Desde el 29 de septiembre serán de obligatorio el cumplimiento:
  • los apartados de seguridad en caso de incendio,
  • seguridad de utilización de edificios
  • y ahorro de energía
El Código Técnico de la Edificación, según el Ministerio. tiene la misión de dar respuesta a la creciente demanda de una edificación más sostenible que incentive la competitividad y productividad de las empresas del sector.

Datos importantes sobre el Código Técnico de la Edificación

Según la intervención de la ministra:
  • Regula la construcción de todos los edificios nuevos y la rehabilitación de los existentes, (viviendas, inmuebles parauso comercial, docente, sanitario, deportivo, industrial o sociocultural).
  • Introducción de elementos novedosos sobre materiales y técnicas de construcción para lograr edificios más seguros y eficientes desde el punto de vista energético
  • Introducción de requisitos sobre funcionalidad, seguridad y habitabilidad.
A partir del 29 de septiembre serán de obligatorio cumplimiento los apartados de seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización de edificios y ahorro de energía, después de seis meses de aplicación voluntaria.

Calidad y eficiencia energética según el CTE

El CTE España se sitúa entre las naciones más innovadoras en materia de edificación. La nueva normativa cumple las directivas europeas sobre calidad y eficiencia energética y fomentando la innovación y el desarrollo tecnológico en los procedimientos de edificación y en materiales de la construcción.

El Código Técnico de la Edificación dará impulso al uso de energías renovables. Por ejemplo, ee instalarán paneles solares para cubrir entre un 30% y un 70% de la energía necesaria para el agua caliente sanitaria de los edificios. En los edificios con gran consumo, como los centros comerciales, hoteles y los hospitales, se incorporarán paneles solares fotovoltaicos para producir parte de la energía eléctrica. “El CTE supone y refleja el cumplimiento de nuestros compromisos internacionales, como el Protocolo de Kyoto”, según la ministra Trujillo.

Temas relacionados con el Código Técnico de la edificación:

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domingo, octubre 29, 2006

CTE: Documento Básico SU Seguridad de utilización

Después de varios meses de aplicación voluntaria, el Ministerio de la Vivienda informa que el día 29 de Octubre de 2006 pasa a ser de aplicación obligatoria el Documento Básico SU Seguridad de utilización (CTE).

Edificios más seguros: Reducción de riesgos por el uso normal del edificio

El tercer Documento Básico de aplicación obligatoria es el de Seguridad de Utilización que se centra en la prevención y reducción de los riesgos de accidente de los usuarios más frecuentes en los edificios durante su uso habitual.

Evitar caídas: La aplicación del CTE, en este sentido, obligará a modificar determinadas pautas de diseño que venían traduciéndose en riesgos cada vez mayores para los usuarios de los edificios. Así por ejemplo, el material del pavimento no provocará resbalones ni será discontinuo para evitar el riesgo de tropiezos y caídas. Habrá que tener en cuenta que el material del suelo sea adecuado, no puede ser igual para las zonas interiores del edificio, zonas secas por lo general, que en el exterior donde el ciudadano puede pisar aceite de coches o agua de lluvia.

Para eliminar el riesgo de caídas además el DB de Seguridad de Utilización obliga a instalar barreras de protección en desniveles, huecos o aberturas, (ventanas y balcones por ejemplo) que en ningún caso puedan ser escaladas o atravesadas por niños.

Las rampas son objeto de atención también en el CTE estableciendo las pendientes máximas y limitándolas en función del tramo a recorrer si están destinadas a usuarios de sillas de ruedas. Respecto a las escaleras, el DB establece pormenorizadamente las condiciones de diseño y las dimensiones de los peldaños, pasamanos y descansillos, deteniéndose en aquellas ubicadas en centros infantiles o de mayores de modo que se les facilite su subida o bajada.

El DB de Seguridad de Utilización también regula en los acristalamientos de los edificios estableciendo una serie de pautas que contribuyan a la seguridad de las personas que se encargan de su limpieza, ya se interior o exterior.

Piscinas: En verano no es difícil encontrar en la prensa noticias alarmantes sobre accidentalidad y mortalidad en piscinas que podrían evitarse con medidas de seguridad eficaces. Por eso, este documento se aplicará en piscinas de uso colectivo. El CTE obliga a la colocación de barreras de protección, con una altura mínima de 1,20 metros, con sistema de cierre y bloqueo para asegurar el acceso controlado de los niños. Además, las piscinas a ellos destinadas no podrán superar los 50 cm de profundidad. El resto de piscinas contarán con una profundidad máxima de 3 metros y mínima de 1,40.

Además, el CTE describe las características de los materiales, la colocación de las escalerillas, la colocación de rejillas o tapas, los cambios de profundidad mediante suaves pendientes, etc. lo que sin duda contribuirá a gozar de estas zonas de diversión sin riesgos innecesarios.

Evitar impactos o atropamientos: Este DB pauta la altura mínima en la que situar los elementos fijos de los edificios que sobresalen de la fachada y se encuentran en zonas de paso, pero también que las puertas de vaivén tengan elementos transparentes de modo que permitan percibir si se acerca otra persona.

En zonas de paso habitual se tendrá en cuenta también la resistencia de los acristalamientos y su rotura segura en caso de impacto. Asimismo dispone las condiciones para evitar quedar atrapados el interior de los recintos mediante la instalación de puertas con desbloqueo desde el exterior y adaptar los mecanismos de apertura y cierre a usuarios con sillas de ruedas.

Alumbrado: Para evitar situaciones de pánico y permitir la visibilidad de las señales de salidas de emergencia, el DB de Seguridad de Utilización asegura la disposición de alumbrado de emergencia en: aseos públicos, recorridos de evacuación o recintos con ocupación de más de cien personas. El Código también se preocupa por establecer las condiciones de seguridad de los espectadores en gradas de pie de centros deportivos, centros culturales, etc. de más de 3.000 plazas.

Aparcamientos: El DB de aplicación obligatoria a partir de hoy dedica un capítulo a la seguridad de los ciudadanos en los aparcamientos. Establece la obligatoriedad de que al menos exista un acceso peatonal independiente de 80 cm como mínimo de anchura y protegido por barreras.

Además, los recorridos peatonales en plantas de aparcamiento con capacidad para más de 200 vehículos o más de 5.000 m ² se identificarán mediante pavimento diferenciado en relieve o pintura, o bien proporcionando a estas zonas de un nivel más elevado.

Protección frente a la acción de los rayos: El DB se Seguridad de Utilización de los edificios reserva un capítulo a los riesgos de impacto de rayos en los edificios. Proporciona un mapa de país en el que se pueden observar las densidades de impactos sobre el terreno y una serie de pautas que determinan en qué edificios se deben instalar elementos de protección frente a este fenómeno atmosférico.

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CTE: Documento Básico SI Seguridad en caso de Incendio

Después de varios meses de aplicación voluntaria, el Ministerio de la Vivienda informa que el día 29 de Octubre de 2006 pasa a ser de aplicación obligatoria el Documento Básico SI Seguridad en caso de Incendio (CTE).

Edificios más seguros: Reducción del riesgo frente a incendios

Por otra parte, el Documento Básico de Seguridad en caso de incendio, que también es de aplicación obligatoria a partir del día 29 de septiembre, supone un importante avance de España en el proceso de convergencia con la normativa europea, con el objetivo de reducir el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental.

El CTE introduce avances técnicos en materia de protección contra incendios permitiendo el uso de las técnicas de ingeniería del fuego. Como los demás documentos, regula varias exigencias.

Propagación interior: El Ministerio de Vivienda recoge en el CTE su preocupación por aportar la suficiente protección a los usuarios de los edificios: EL Documento de Seguridad en caso de Incendio establece las pautas de compartimentación en sectores de incendio para cada tipo de edificio, según su uso y destino, así como la resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan estos sectores.

También, este capítulo clasifica las zonas de riesgo de los edificios y las condiciones de reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario de los mismos.

Propagación exterior: Se establece, por ejemplo, la distancia entre fachadas y medianerías con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio ya sea entre dos edificios o en el mismo. Además se delimita la resistencia al fuego de las cubiertas para evitar el riesgo de propagación del incendio a los edificios colindantes.

También se regulan los espacios de maniobras en función de la altura de evacuación y se establece una franja mínima de 25 metros separando la zona edificada de masas forestales para impedir que los fuegos forestales puedan incidir sobre las viviendas.

Evacuación: El CTE repercutirá también en la evacuación de los edificios en el caso de que se produzca un incendio, de modo que determina cómo serán las dimensiones y características de las salidas de emergencia y los recorridos de evacuación en función del uso de los edificios (hospitales, centros comerciales, universidades, residenciales de viviendas, aparcamientos, etc). Además determina una serie de pautas para calcular estas dimensiones situándose siempre en la hipótesis más desfavorable: capacidad de evacuación de las escaleras, dimensión de pasillos, etc.

Se establecen además cómo serán las puertas situadas en los recorridos de evacuación de más de 50 personas: abatibles con eje de giro vertical y sistema de cierre de fácil y rápida apertura, deberán abrirse en el sentido del recorrido de evacuación, etc. También se dispone la obligatoriedad de disponer de señalización de los medios de evacuación.

El Documento prevé además sistemas para el control del humo en edificios de gran complejidad, ya que los efectos del humo son una de las principales causas de mortalidad en caso de incendio. Ahora se trata específicamente los edificios de pública concurrencia puesto que el Ministerio de Vivienda entiende que es en este tipo de espacios donde los riesgos son mayores, debido a que las grandes aglomeraciones entorpecen la rápida y segura evacuación de las personas en caso de incendio. El CTE resuelve esta carencia habilitando soluciones para espacios de grandes dimensiones y gran ocupación.

Detección, control y extinción del incendio: El Ministerio de Vivienda comprende que tan importante es prevenir situaciones de riesgo, como facilitar las labores de ayuda y rescate en caso de que estas situaciones se produzcan. Por este motivo los edificios deberán disponer los elementos básicos, equipos e instalaciones, para hacer posible la detección, control y extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a todos los ocupantes.

Además se marcan las condiciones para facilitar la intervención de los equipos de extinción y rescate: espacio de maniobra entorno al edificio, altura de evacuación, accesibilidad por fachadas mediante la construcción de huecos que permitan el acceso desde el exterior, etc.

El Documento también incluye una serie de cálculos para determinar la resistencia al fuego de la estructura del edificio, que deberá mantenerse en condiciones adecuadas hasta asegurar la seguridad de los edificios del entorno y la satisfactoria evacuación de sus ocupantes.

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CTE: Documento Básico HE Ahorro de Energía

Después de varios meses de aplicación voluntaria, el Ministerio de la Vivienda informa que el día 29 de Octubre de 2006 pasa a ser de aplicación obligatoria el Documento Básico de Ahorro de Energía, del Código Técnico de la Edificación (CTE).

Edificios más sostenibles: el ahorro de energía

El Documento Básico de Ahorro de energía es uno de los instrumentos de las nuevas políticas sostenibles de vivienda del Gobierno que incluye medidas obligatorias para el cumplimiento de los compromisos internacionales como, por ejemplo, el Protocolo de Kyoto.

El objetivo es conseguir un uso racional de la energía necesaria para la construcción y la optimización en el uso de los edificios, reduciendo su consumo energético, limitando las emisiones de dióxido de carbono y utilizando energías renovables.

A partir del día 29 de septiembre es obligatorio incorporar criterios de eficiencia energética y la aplicación de energía solar, térmica o fotovoltaica en los nuevos edificios o en aquellos que se vayan a rehabilitar. El Documento Básico que lo regula contiene varias exigencias energéticas básicas:

Limitación de la demanda energética: El Ministerio de Vivienda apuesta en este caso por una construcción sostenible e inteligente. Con este documento se regula la envolvente térmica de los edificios que tendrán que estar diseñados y construidos para limitar su demanda, conseguir su bienestar térmico en función del clima, uso, aislamiento, aberturas, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar.

Rendimiento de las instalaciones térmicas: No sólo la construcción es una de las actividades más contaminantes, también los edificios, a lo largo de su vida útil, afectan gravemente al entorno: los equipos de climatización, calefacción, refrigeración, ventilación, etc. Para contribuir a paliar estos efectos, el Ministerio de Vivienda a través del CTE fija los requisitos mínimos de eficiencia energética que deben cumplir las instalaciones térmicas y un procedimiento de inspección periódica de calderas y de los sistemas de aire acondicionado.

Eficiencia energética en las instalaciones de iluminación: El CTE obliga a verificar el valor de la eficiencia energética por zonas y actividad no pudiendo superar los valores límite, previstas en el CTE. Además, deberá existir un plan de mantenimiento en el proyecto que incluya las operaciones de reposición, la limpieza de luminarias y tendrá en cuenta los sistemas de regulación y control.

Contribución solar mínima: Sensibles a los recursos climatológicos de España, uno de los países que goza con mayor número de horas del sol, el Ministerio de Vivienda fija criterios para lograr edificios ecológicos capaces de atender las demandas de los usuarios. Por eso, en este documento se establece la obligatoriedad de incorporar una instalación solar térmica para la producción de un porcentaje de agua caliente sanitaria establecido entre el 30 y el 70% en función del emplazamiento del edificio y del consumo previsto.

Además el CTE establece la obligatoriedad de incorporar una instalación solar fotovoltaica en los edificios del sector terciario. La potencia se establece en función del emplazamiento del edificio, de su uso y de su tamaño.

La implantación de las exigencias energéticas introducidas en el nuevo CTE supondrá, para cada edificio un ahorro de un 30-40% y una reducción de emisiones de CO2 por consumo de energía de un 40-55%.

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