jueves, noviembre 29, 2007

Alquiler de vivienda con seguro

La ministra de Vivienda y el presidente de la Sociedad Pública de Alquiler han presentado el sello "Alquiler Seguro"

Características del alquiler seguro
  • Ofrece más seguridad y garantías a los propietarios para que pongan en alquiler sus viviendas vacías.
  • Proporciona seguros multirriesgo y de impago y asistencia jurídica, con un ahorro del 70% y del 40%, respectivamente, en relación con el precio medio del mercado.
  • La póliza de impago y asistencia jurídica ofrecida por la SPA tiene una cobertura de 18 meses, mientras en el mercado sólo se lo suele encontrar por 12 meses.
  • El pago al propietario se realiza en el primer mes de la denuncia por morosidad.
El Alquiler Seguro va dirigido a todos aquellos propietarios que quieran contratar los seguros de sus viviendas (de daños y de impago y asistencia jurídica) a través de la SPA, conlleva un importante ahorro y mejores condiciones para los usuarios.

El seguro de impago que ofrece la SPA es único en el mercado, por sus condiciones, gracias a la garantía del Estado. el coste del seguro multirriesgo, si se contrata con la SPA (para una vivienda de 70 metros y una renta de 7.200€ anuales) será de unos 56€, lo que supondrá un ahorro del 70%.

Respecto a la póliza de impago y asistencia jurídica, si se contrata con la SPA, será del 1,8% de la renta anual mientras que en el mercado el coste es del 4,7% de la renta, con lo cual el ahorro en la cuota anual es de aproximadamente un 40%. Entre los dos seguros, que se contratarán de forma conjunta, el ahorro medio para un propietario será de más de un 50%.

Este nuevo servicio ofrecerá a los propietarios “unos seguros de características únicas en el mercado, que cubren posibles contingencias y lo hacen a unos costes muy inferiores a los que se ofrecen en el mercado”, subrayó.

El seguro de impago y asistencia jurídica que ofrece la SPA tiene una cobertura de 18 meses, mientras que en el mercado sólo se puede contratar por 12 meses, y que el pago al propietario se realiza en el primer mes de la denuncia por morosidad, sin tener que esperar a la sentencia judicial.

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