jueves, noviembre 29, 2007

Alquiler de vivienda con seguro

La ministra de Vivienda y el presidente de la Sociedad Pública de Alquiler han presentado el sello "Alquiler Seguro"

Características del alquiler seguro
  • Ofrece más seguridad y garantías a los propietarios para que pongan en alquiler sus viviendas vacías.
  • Proporciona seguros multirriesgo y de impago y asistencia jurídica, con un ahorro del 70% y del 40%, respectivamente, en relación con el precio medio del mercado.
  • La póliza de impago y asistencia jurídica ofrecida por la SPA tiene una cobertura de 18 meses, mientras en el mercado sólo se lo suele encontrar por 12 meses.
  • El pago al propietario se realiza en el primer mes de la denuncia por morosidad.
El Alquiler Seguro va dirigido a todos aquellos propietarios que quieran contratar los seguros de sus viviendas (de daños y de impago y asistencia jurídica) a través de la SPA, conlleva un importante ahorro y mejores condiciones para los usuarios.

El seguro de impago que ofrece la SPA es único en el mercado, por sus condiciones, gracias a la garantía del Estado. el coste del seguro multirriesgo, si se contrata con la SPA (para una vivienda de 70 metros y una renta de 7.200€ anuales) será de unos 56€, lo que supondrá un ahorro del 70%.

Respecto a la póliza de impago y asistencia jurídica, si se contrata con la SPA, será del 1,8% de la renta anual mientras que en el mercado el coste es del 4,7% de la renta, con lo cual el ahorro en la cuota anual es de aproximadamente un 40%. Entre los dos seguros, que se contratarán de forma conjunta, el ahorro medio para un propietario será de más de un 50%.

Este nuevo servicio ofrecerá a los propietarios “unos seguros de características únicas en el mercado, que cubren posibles contingencias y lo hacen a unos costes muy inferiores a los que se ofrecen en el mercado”, subrayó.

El seguro de impago y asistencia jurídica que ofrece la SPA tiene una cobertura de 18 meses, mientras que en el mercado sólo se puede contratar por 12 meses, y que el pago al propietario se realiza en el primer mes de la denuncia por morosidad, sin tener que esperar a la sentencia judicial.

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miércoles, noviembre 28, 2007

Ventajas de alquilar

Ventajas de alquilar vivienda

El Ministerio de la Vivienda sigue inmerso en difundir entre jóvenes que quieren alquilar una vivienda y propietarios de viviendas las ventajas del alquiler.

En la campaña abierta, se difunden una vez más las medidas del Ministerio para impulsar el alquiler a jóvenes
  • Ayudas a los inquilinos de entre 22 y 30 años.
  • Flexibilización de las condiciones para recibir la subvención de 6.000 euros para los propietarios que pongan sus viviendas vacías en arrendamiento;
  • Seguros contra daños e impagos y las nuevas garantías que ofrece el Sello “Alquiler Seguro” de la Sociedad Pública de Alquiler (SPA).
  • Agilización de los desahucios (con la puesta en funcionamiento, a partir del próximo mes de enero, de 10 nuevos juzgados de lo civil).
  • Exención fiscal para los propietarios del 100% de las rentas por alquiler percibidas si el inquilino es menor de 35 años y del 50% en el resto de los casos.
Además tanto el Consejo General de Administradores de Fincas y el Consejo de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, han firmado un convenio con la Ministra Carme Chacón para lanzar una campaña conjunta que anime a los propietarios a poner en alquiler sus viviendas vacías.

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viernes, noviembre 02, 2007

Aprobada la ayuda de los 210 euros

El Consejo de Ministros ha aprobado a la ayuda o "renta de emancipación" de los 210 euros mensuales (Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso del Alquiler).

  • El Real Decreto que regula las ayuda al alquiler de 210 euros mensuales para jóvenes ha sido aprobado en el Consejo de Ministros.
  • Las ayudas incluyen así mismo un préstamo de 600 euros para la fianza y 120 euros para el aval, en los casos de nuevos contratos de alquileres.
  • Las ayudas se pondrán en marcha en colaboración con las Comunidades Autónomas, encargadas de gestionar y tramitar las ayudas. El Gobierno central será encargará de realizar los pagos a los beneficiarios.
  • Los jóvenes potencialmente beneficiarios podrán solicitar la ayuda mientras buscan la vivienda y tendrán un plazo de 3 meses, una vez reconocido el derecho provisional a la prestación de la ayuda, para presentar un contrato de alquiler.
  • Las ayudas se podrán percibir durante un máximo de cuatro años, para los jóvenes de entre 22 y 30 años.
  • Los beneficiarios deberán ser titulares del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente, y disponer de una fuente regular de ingresos que les reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros.
  • Igualmente deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo o, en el caso de los jóvenes extranjeros no comunitarios, tener residencia legal y permanente en España.
Datos a aportar por el solicitante de las ayudas:
  • DNI,
  • Número de la Seguridad Social o equivalente
  • Un certificado que acredite su situación laboral y sus ingresos.
  • Si ya ha encontrado piso:
    • dirección de la vivienda
    • referencia catastral,
    • presentar el contrato de alquiler, indicando el número de titulares
    • datos bancarios y los del arrendador.
Los jóvenes podrán acceder al impreso de la solicitud a través de la web del Ministerio de Vivienda y de los servicios de vivienda de las Comunidades y Ciudades Autónomas donde se ubique la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. La solicitud se presentará en estas oficinas, donde se comprobarán los datos aportados y se resolverá en el plazo máximo de dos meses.

Posteriormente, las Ciudades y Comunidades Autónomas trasladarán la resolución al interesado y al Ministerio de Vivienda que, una vez revisada, autorizará el pago de la ayuda al joven inquilino a través de las entidades bancarias colaboradoras del programa.

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