Embargo por el banco: ¿Quién paga ahora las cuotas de la comunidad?

 

Las ejecuciones hipotecarias están teniendo preocupantes repercusiones sobre la situación financiera de muchas comunidades de propietarios en España. Según datos del Consejo General de Administradores de Fincas, a 31 de diciembre de 2012 arrastraban 1.606 millones de euros de deuda con las entidades financieras adjudicatarias de pisos y locales desahuciados, una cifra que podría haber alcanzado los 1.900 millones en 2013.

El problema deriva de que las entidades bancarias no se responsabilizan de la deuda con la comunidad, que habitualmente había sido generada por el anterior propietario, y, en muchas ocasiones, intentan evitar los gastos generados tras la adquisición del inmueble. Esta situación genera perjuicios en el mantenimiento de los edificios e incluso en ocasiones un efecto contagio sobre otros vecinos, con los consecuentes problemas de convivencia.
Embargo y cuotas comunidad
En ausencia de una ley que obligue a las entidades bancarias a comunicar a las comunidades de propietarios el embargo de las viviendas, se recomienda al administrador la llevanza de una base de datos de propietarios actualizada que le permita mediante la solicitud de información al registro de la propiedad, estar al tanto de los cambios de titular. De acuerdo con la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, el banco devendría en responsable del año en curso y los tres años anteriores (a contar desde la fecha del auto de adjudicación de la vivienda).

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