La última novedad en los seguros de salud es la póliza por subsidios. No funciona como el resto de los Seguros Médicos, porque entrega una indemnización económica al asegurado.
1. Indemnización por intervención quirúrgica:Se fija una indemnización máxima o única según la clase de intervención quirúrgica valorada por baremos o porcentajes de indemnización preestablecidos por la aseguradora. Los porcentajes de indemnización en el caso que se realicen varias intervenciones al mismo tiempo, será la indemnización del 100% de la intervención del grupo más elevado, se deberá sumar el 50% de la siguiente, el 25 % de la siguiente hasta contar todas de las intervenciones. Los plazos de carencia son de 6 a 18 meses.
2.Indemnización diaria por hospitalización debido a una intervención quirúrgica:Se establece en el contrato una indemnización diaria del importe pactado hasta una suma tope con un máximo de 120 días de indemnización por hospitalización debido a una intervención quirúrgica. Por cada día de ingreso en el hospital, para ser sometido a una intervención quirúrgica por accidente o enfermedad durante la vigencia de la póliza del Seguro de Enfermedad, se pagará una cantidad determinada y la indemnización será única, no importando la cantidad de intervenciones que se realicen al asegurado. Deberá esperar un periodo de carencia de 6 a 8 meses.
3.Indemnización diaria por hospitalización por cualquier motivo:Se establece en el contrato una indemnización diaria de un importe pactado hasta una suma tope con un máximo de 360 días de indemnización por hospitalización. Deberá esperar un periodo de carencia de 1 año.
4.Indemnización diaria por incapacidad temporal total:Se establece en el contrato una indemnización durante el tiempo que el asegurado no pueda trabajar, compensando económicamente la perdida de sus ingresos. Se considera una incapacidad temporal total y comienza en el momento, que ingresa en el hospital o que el médico le indique que debe permanecer en su casa por baja médica hasta el alta médica.
En realidad, estos seguros tienen en cuenta las probabilidades de enfermedad de los asegurados. Las restricciones son por patologías o por edad (suelen excluir a las personas de 60 años o mayores). Y en caso de su aceptación finalizan la prestación a los 65 años.
Quedan excluidas del seguro las enfermedades crónicas, las enfermedades pre-existentes, las enfermedades congénitas, los accidentes laborales, las enfermedades mentales, las hospitalizaciones por enfermedades como el SIDA, las enfermedades causadas por alcoholismo o drogo dependencia, los daños por intento de suicidios, los tratamientos odontológicos, hemodiálisis, epidemias, etc.
Costos:El seguro de enfermedad por subsidio más básico ronda los 145 o 150 euros al año.
Las sumas aseguradas: se limitan por contrato las cantidades máximas a indemnizar al asegurado.
Los contratos tienen una duración de un año con renovación automática siempre que las partes estén de acuerdo. Es decir, que llegado al año de la prestación la compañía aseguradora puede decidir de no renovar el contrato, por que usted tiene una enfermedad que provoca muchos gastos o bien a llegado a una edad avanzada con mayor riesgo de la enfermedad.
Las primas se incrementan todos los años y se notifica al asegurado dos meses antes de finalizar el contrato y como todos los Seguros Médicos deberá esperar unos periodos de carencia establecidos por cada aseguradora en función de las prestaciones. Por ejemplo, por parto y embarazo el periodo de carencia es de 6 meses.
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