Huelga de taxis: origen de la última presión popular frente una resolución judicial.

El pasado viernes volvieron a ser masivas las protestas originadas como consecuencia de una resolución judicial adoptada por un órgano jurisdiccional.

 

En este caso, fueron los miembros del sector del taxi los que paralizaron sus servicios, a causa del Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que suspendía cautelarmente el Reglamento aprobado por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB).

 

El 26 de junio de 2018, el Área Metropolitana de Barcelona aprobó el Reglamento metropolitano de servicios urbanos de transporte discrecional de viajeros que realizan vehículos de turismo de alquiler con conductor (VTC).

 

Mediante este Reglamento se restringió la actividad de las aplicaciones UBER y CABIFY que operan en Barcelona a través de licencias de vehículos con conductor. Con el Reglamento se produjo una limitación de las citadas compañías:

 

  • En primer lugar, el Reglamento establece que, los vehículos de las plataformas privadas de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), además de tener una licencia VTC, para poder trabajar en Barcelona es necesario que obtengan una segunda autorización pública emitida por el Instituto Metropolitano del Taxi; y

 

  • En segundo lugar, el Reglamento reduce (sin criterio alguno) el número de licencias. La reducción es llamativa: De las 1.300 licencias existentes, a 400.

 

El Área Metropolitana de Barcelona aprobó el Reglamento partiendo de las competencias que posee en los ámbitos de movilidad urbana y protección del medio ambiente contra la contaminación. No obstante, el citado Reglamento fue impugnado por la Comisión Nacional de la Competencia, quien además solicitó como medida cautelar la suspensión de la vigencia del Reglamento.

 

Ante tal solicitud, el pasado 19 de julio de 2018 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-Administrativo, suspendió la aplicación del Reglamento. Este Auto se confirmó por el mismo Tribunal el pasado 26 de julio de 2018.

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La Sala suspende la aplicación del Reglamento al considerar que el Área Metropolitana de Barcelona carece de competencia para reglamentar la intervención del arrendamiento de vehículos con conductor VTC, y por ende no posee competencia para imponer una autorización añadida a la estatal, y mucho menos para limitar el número total de autorizaciones concedidas.

 

No hay duda alguna de que existe un conflicto de intereses entre el sector del taxi y el sector de los vehículos con autorización VTC. No obstante, la potestad para reglamentar los intereses en conflicto no la ostenta el Área Metropolitana de Barcelona, ni dentro, ni fuera de su ámbito de actuación.

 

En un post anterior, ya pusimos de manifiesto las limitaciones y restricciones que se estaban produciendo en el sector del arrendamiento de vehículos con conductor con licencia VTC:

Y ahora, una vez más, se pone el foco, en la libre competencia entre estos dos sectores. El conflicto de intereses, como decimos, existe y es importante, pero no cabe la presión popular hacía los generadores de justicia, para que se acaben dictando resoluciones judiciales que favorezcan al sector más fuerte.

 

Hay que priorizar la existencia de un mercado libre, y tener en cuenta que las consecuencias de un trato de favor respecto del sector del taxi pueden acarrear perjuicios en varios frentes: menoscabos para los clientes del servicio de VTC, pérdida de puestos de trabajo, quebranto de inversiones, depreciación de los activos de las empresas…

 

En conclusión, la proliferación de la presión mediática, el populismo y los lobbies  no pueden prevalecer frente a la legislación y a las consecuencias jurídicas que derivan de la aplicación de la Ley y de la lógica jurídica.

 

 


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