A menudo las empresas utilizan programas software sin la licencia adecuada, y sin tener en cuenta las consecuencias que puede conllevar este hecho.
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante ha condenado recientemente a dos empresas con sede en la localidad alicantina de Ibi a pagar más de 453.000 euros en concepto de daños y perjuicios por la utilización de programas software sin licencia.
Esa cantidad, a la que hay que sumar las costas del proceso y los intereses legales, supone una de las mayores indemnizaciones impuestas hasta hoy en España.
Con la instalación y reproducción de programas de ordenador sin la debida licencia del creador del programa, se están infringiendo los derechos de propiedad intelectual de los autores del programa, y obviamente esto tiene consecuencias.
En numerosas ocasiones las empresas utilizan programas “piratas” confiando en que nadie se va a dar cuenta de ello. De hecho, según un estudio de la consultora IDC, cuatro de cada diez empresas españolas utilizan software sin licencia. Pero ojo, porque existen métodos para denunciar estos hechos.
¿Cómo se detecta un software pirata?
A través de la página web de la entidad BSA – The Software Alliance, que agrupa a las principales empresas de software, cualquier persona puede aportar datos para que se inicie un proceso de investigación contra una empresa por atentar contra la propiedad intelectual del software, mediante un formulario simple y confidencial.
Así es como se inició en el 2015 la investigación a estas dos empresas de la localidad de Ibi, dedicadas ambas al diseño y fabricación de piezas y productos mediante inyección de plástico.
De la investigación, y del informe realizado por un perito informático, se llegó a la conclusión de que el programa (CAD-CAM) era propiedad de la empresa demandante, que en el momento de la utilización del software por parte de la empresa demandada estaba a la venta, y que la empresa demandada utilizó el software, sin estar autorizada para su uso, es decir, que no contaba con la licencia necesaria.
Según el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, ha quedado demostrado que se ha infringido el derecho de la parte actora de explotación de su software.
¿Cómo se calcula la indemnización por infringir los derechos del creador del programa?
Este extremo viene regulado en la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril). En su artículo 140.2 se establece, que a elección del perjudicado, se utilizará uno de los siguientes criterios para fijar la cuantía de la indemnización:
a) Las consecuencias económicas negativas, entre ellas la pérdida de beneficios que haya sufrido la parte perjudicada y los beneficios que el infractor haya obtenido por la utilización ilícita. En el caso de daño moral procederá su indemnización, aun no probada la existencia de perjuicio económico. Para su valoración se atenderá a las circunstancias de la infracción, gravedad de la lesión y grado de difusión ilícita de la obra.
b) La cantidad que como remuneración hubiera percibido el perjudicado, si el infractor hubiera pedido autorización para utilizar el derecho de propiedad intelectual en cuestión.
En este caso, la parte demandante ha optado por la opción b, fijando una cuantía de 453.480 euros en concepto de daños y perjuicios, valor que se corresponde con el del mercado de los programas utilizados sin licencia.
A esta cantidad hay que sumarle los intereses legales generados desde la interposición de la demanda, más las costas del procedimiento, encontrándonos con una cantidad superior a 500.000 euros.
Además de pagar esta indemnización, las empresas condenadas deben destruir las copias ilegales encontradas en sus ordenadores, así como cesar en su uso.
Esta sentencia es un ejemplo de lo peligroso que puede ser para una empresa utilizar un software sin licencia en sus equipos informáticos, tanto legalmente, como económicamente. Pues podría incluso suponer su cierre, en caso de no poder hacer frente al pago de la sanción impuesta. Además, recordemos que el uso de programas sin licencia también está relacionado con un aumento de los ataques informáticos, por lo que el uso de un programa con la debida licencia, y actualizado, nos puede ahorrar más de un quebradero de cabeza.
Lecturas relacionadas:
- Menores ciberdelincuentes ¿qué responsabilidad tienen los padres?
- ¿Está preparada su empresa para los ciberataques?