El extraño caso del notario que no sabía lo que firmaba

 ¿Puede un notario no saber lo que firma en su propia notaría?

La Audiencia Provincial de Sevilla se acaba de pronunciar en un caso cuanto menos curioso. Un notario interpuso una demanda contra un banco por considerar que la cláusula suelo que incluía su préstamo hipotecario, firmado en su propia notaría, era abusiva.

Vaya por delante una aclaración. La cláusula suelo que forma parte del articulado de miles de préstamos hipotecarios en España, no es, per se, abusiva, sino que hay que ver caso por caso. Se trata de dilucidar si los prestatarios en cuestión pudieron comprender el alcance de dicha cláusula.

Firma hipoteca

 

En definitiva, hay que determinar si esa cláusula supera un doble control, llamado de transparencia: de incorporación de la cláusula al contrato y de comprensibilidad de su trascendencia jurídico-económica.

En el caso que nos ocupa, lo interesante es que el prestatario, y posterior demandante, era notario y titular de la notaría dónde se escrituró el préstamo hipotecario.

Obviamente, por su condición profesional y su cualificación, era conocedor de este tipo de operaciones, tan comunes en las notarías. Además, como fedatario público, un notario tiene una serie de obligaciones en materia de transparencia informativa a los prestatarios, que evidentemente, el demandante aquí en cuestión, conocía de sobra.

La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Sevilla acabó declarando la validez de la cláusula suelo incluida en el préstamo solicitado por el notario, pues la cláusula suelo superó el control de transparencia respecto a la comprensión por el prestatario de su real alcance y efectos.

La profesión de Notario de uno de los prestatarios ha sido clave para determinar el grado de conocimiento que pudieron tener los firmantes sobre la cláusula suelo, pues “el perfil profesional del prestatario no es baladí en estas contrataciones, pues un Notario tiene un nivel de conocimientos jurídicos y de formación sobre las condiciones contractuales muy superior a la media

Obviamente, siendo uno de los prestatarios Notario de profesión y titular de la Notaría en la que se suscribió la escritura, era conocedor previamente a la concertación del préstamo de que en estas operaciones era habitual la incorporación de cláusulas suelo y conocía su alcance y efectos, sin necesidad de recibir mayor información al respecto por parte de la entidad bancaria.

Concretamente la Audiencia Provincial de Sevilla estableció que:

Es lógico y razonable pensar que el Sr. Basilio , Notario titular de la Notaría, revisó previamente la redacción y contenido de la escritura pública en la que él era prestatario por la importante suma de 525.000 €, y supo o pudo saber que se introducía una cláusula suelo del 3’50%.”

 

Además de la peculiar condición de uno de los prestatarios, en este caso la escritura fue leída por los comparecientes antes de la firma de modo que la aceptaron y consintieron con pleno conocimiento, y la cláusula en cuestión tenía una redacción clara y sencilla.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Sevilla confirma la sentencia desestimatoria de la demanda y ratifica la validez de la cláusula suelo al considerar que en este caso concurren las condiciones de transparencia en la contratación, pues los prestatarios tuvieron la oportunidad de conocer y conocieron la existencia de la cláusula que nos ocupa, y comprendieron sus consecuencias y su repercusión jurídica y económica.

 

Nunca nos dejará de sorprender la picaresca de los españoles a la hora de intentar sacar beneficio de toda esta vorágine de cláusulas abusivas que está inundando los juzgados de todo el país. Es obvio que en la mayoría de los casos existe ese carácter abusivo en las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios, pero si uno sabe perfectamente lo que firma, no puede reclamar después nada al respecto.

 

 


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