El pasado 11 de abril de 2016 la Comisión Europea ha publicado un informe sobre la situación de la justicia en Europa, que sin duda dará que hablar.
Se basa en un “cuadro de indicadores” , que es una herramienta de información que permite obtener datos, aparentemente objetivos, sobre la calidad, la independencia y la eficiencia de los sistemas judiciales de todos los Estados Miembros.
Las principales novedades de esta nueva edición son:
-la introducción de nuevos indicadores de calidad como, por ejemplo, las encuestas de usuarios de la justicia, la disponibilidad de asistencia jurídica gratuita y la existencia de normas de calidad;
-se han mejorado los indicadores sobre la independencia judicial, también con nuevas encuestas sobre la imagen de los tribunales y jueces entre la población en general y las empresas;
-se introduce una comprensión más profunda de determinados ámbitos, tales como la comunicación electrónica;
-por último, más Estados miembros han participado en la recogida de datos.
Como principales CONCLUSIONES de esta cuarta edición del informe, destacan:
1.- Mejora de los sistemas judiciales de la mayoría de los Estados Miembros como reformas de las leyes procesales, en la administración de justicia la generalización de la utilización de las TIC y el fomento a métodos alternativos a la resolución de litigios.
2.- Menor duración de los asuntos civiles y mercantiles contenciosos. Aunque en los asuntos pendientes existe una estabilidad global, se puede observar una mejora en varios Estados miembros que afrontan retos especiales por el elevado número de esos asuntos.
3.- Mayor accesibilidad de los sistemas judiciales, sobre todo en asuntos tales como la presentación electrónica de demandas de escasa cuantía o el fomento de métodos alternativos de resolución de litigios. Sin embargo, aún hay margen de mejora de la disponibilidad en línea de las resoluciones judiciales o a la comunicación electrónica entre los órganos jurisdiccionales y las partes.
4.- Continúan siendo necesarios esfuerzos por mejorar la formación en competencias judiciales y el uso de tecnologías informáticas en los sistemas de gestión de asuntos.
5.- La mayor parte de los Estados miembros dispone de normas referentes a aspectos similares de sus sistemas judiciales, pero existen importantes diferencias en cuanto a su aplicación y contenido. Por ejemplo, menos de la mitad de los Estados miembros tiene normas sobre medidas para reducir los atrasos existentes y aún menos países las tienen para determinar la antigüedad máxima que deben tener los casos pendientes.
6.- El cuadro de indicadores establece los resultados de diferentes encuestas respecto a la imagen de la independencia judicial que convienen en resaltar que los Estados miembros se enfrentan a desafíos específicos. Entre los motivos aducidos de la imagen de falta de independencia, las injerencias o presiones por parte de Gobierno y políticos, así como de intereses económicos o de otro tipo, resultan especialmente significativos en varios Estados miembros en los que la imagen de independencia es muy negativa.
Si bien es cierto que en esta nueva edición, han participado más Estados Miembros en la recogida de datos sigue siendo complicado recoger información sobre los elementos clave de los sistemas judiciales en todos los Estados miembros. Puede deberse esto a diferentes razones, como la falta de disponibilidad de datos debido a una capacidad estadística insuficiente.
Por lo que se refiere a España, el informe dispone que se han reducido los asuntos pendientes y se han mejorado los tiempos de resolución como consecuencia de los esfuerzos realizados y de las medidas adoptadas durante el último año.
Por tanto, el balance general del cuadro de indicadores es positivo para España apareciendo como uno de los Estados más activos durante este ejercicio en cuanto:
- a los esfuerzos legislativos y a las medidas de mejora realizadas;
- puesta a disposición on-line de información sobre el sistema judicial;
- elevada presencia de mujeres en los tribunales de primera instancia españoles;
- y situación dentro de los estándares europeos en cuanto a elementos estructurales y objetivos existentes para salvaguardar la independencia del sistema.
Finalmente, un aspecto mejorable para que el sistema judicial tenga una calidad superior se encuentra relacionado con el seguimiento y realización de encuestas de satisfacción a los usuarios como mecanismo para medir el funcionamiento de la Justicia, que en España resulta escaso, por no decir inexistente.Se trata de un informe basado en indicadores objetivos, lo que no le exime de ser opinable, claro.