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El Consorcio de Compensación de Seguros es un ente público
perteneciente al Ministerio de Economía y Hacienda, que se hace cargo del
seguro de responsabilidad civil y la cobertura obligatoria de los vehículos,
que no son aceptados por las aseguradoras. Es decir, que cubre los daños
producidos por un vehículo a terceros y hasta el límite del seguro
obligatorio. Importante: El Consorcio de Compensación de Seguros
es la última protección frente a un siniestro producido por un vehículo
a personas y bienes de terceros y los daños producidos por fenómenos
naturales o derivados de hechos de carácter social o político, siempre
que tenga contratada una póliza de riesgo. Las condiciones
en la que brinda cobertura está detallada en el Reglamento del Seguro
de Riesgos Extraordinarios donde explica detalladamente los riesgos asumidos,
los daños factibles de indemnización y cuales son los alcances de
las coberturas. Para ser apto para recibir la indemnización del
Consorcio, el asegurado debe tener una póliza por daños en algunos
de los ramos de riesgos, el bien deberá estar asegurado en España
y se deberá haber pagado el recargo destinado al Consorcio. También
la cobertura se extiende a siniestros ocurridos en el extranjero siempre que el
asegurado tenga su residencia en España.
- También
indemnizará los daños por siniestros ocurridos en España
provocados por vehículos desconocidos; o sin seguro cuando
el coche que ha provocado el siniestro estuviera sin asegurar; o robados
cubre los daños a personas y bienes cuando el coche estando asegurado
fuese robado o que la compañía de seguros se hubiese declarado
en quiebra o suspensión de pagos, etc. cubre los daños a
personas y bienes cuando la entidad aseguradora no puede indemnizar por cualquiera
de las razones expuestas anteriormente.
- En el caso de vehículos
sin seguros y de vehículos robados, el Consorcio indemnizará
a la víctima del accidente, pero posteriormente inicia la acción
de recobro frente al causante del accidente.
- Indemniza los daños
producto de un accidente de circulación donde exista controversia
entre el consorcio y la compañía de seguros, cubre los daños
a personas y bienes cuando hay controversia en cuanto a quien le corresponde indemnizar.
- Indemnizará
los riesgos no cubiertos por las aseguradoras como los daños producidos
por causas extraordinarias.
- Perjudicados residentes en otros estados
del espacio Económico Europeo:
- Reembolso
de las indemnizaciones cuando: el coche que provoco el accidente tenga residencia
en España y no se pueda identificar a la compañía que lo
aseguro; cuando el accidente sucedió en España y no es factible
encontrar el vehículo que lo provoco; cuando el accidente sucedió
en España con un vehículo de terceros países adherido al
sistema de carta verde, siempre que no se pueda identificar a la aseguradora o
al vehículo causante del accidente.
- Es el encargado de la gestión
del Fichero informativo de vehículos asegurados
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