Hay tres tipos de Residencia
por Arraigo |
La Residencia
por arraigo son de tres tipos, el arraigo social, el arraigo laboral y el arraigo familiar.
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Residencia por Arraigo
social |
La residencia por
arraigo social puede ser solicitados por aquellas personas que acrediten una estancia
continuada en España de un mínimo de tres años y que al momento
de solicitarla cuentan con un contrato de trabajo.
Para demostrar la permanencia
continuada en España durante ese período exigido puede tanto estar
empadronado, como también poseer un contrato laboral de duración
no inferior al año o bien cuente con un algún familiar residente
en España, como cónyuges, ascendientes y descendientes en línea
directa. Los vínculos familiares pueden reemplazarse por un informe del
Ayuntamiento donde reside que informe su inserción social (contara con
fecha de permanencia en España, cuales son los medios de vida, cuanto sabe
del idioma oficial de la Comunidad donde vive, si participa en programas educativos
y como se ha insertado en la sociedad)
Para solicitar la residencia
por arraigo social se exige la siguiente documentación:
- Pasaporte en debida regla.
- Certificados de antecedentes penales
del país de origen (si así se exige deberá estar debidamente
legalizado)
- Contrato de trabajo y los datos del empresario que lo ha contratado
- Si
fuera por vinculo familiar: deberá presentar la documentación que
acredite el parentesco, legalizado; o en su defecto el informe del Ayuntamiento.
- Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante
tres años.
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Residencia por arraigo
laboral |
Aquellos que deseen
solicitar la Residencia por Arraigo Laboral deberán acreditar la permanencia
en España durante un período de dos años.
Y también
demostrar la existencia de una relación laboral con una duración
que no sea inferior a un año. (en muchos caso frente a la inexistencia
de un contrato laboral, para acreditar esta condición debe realizarse mediante
una resolución judicial o mediante una resolución administrativa
de confirmación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Generalmente se presenta el problemas de pruebas.)
Para solicitar
la residencia por arraigo laboral se exige la siguiente documentación:La
residencia por arraigo laboral incluyen la autorización de trabajo.
- Pasaporte
en debida regla.
- Certificados de antecedentes penales del país
de origen (si así se exige deberá estar debidamente legalizado)
- Resolución
judicial o administrativa que acredite la relación laboral no inferior
al año.
- Documentos que acrediten la permanencia continuada en
España durante dos años.
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Residencia por Arraigo Familiar |
Para
solicitar la residencia por arraigo familiar se exige la siguiente documentación:
- Pasaporte
en debida regla.
- Certificados de antecedentes penales del país
de origen (si así se exige deberá estar debidamente legalizado)
- Documentos
que acrediten el vinculo familiar: deberá presentar la documentación
que acredite el parentesco, legalizado; o en su defecto el informe del Ayuntamiento.
- Documentos que acrediten que el padre o madre han sido originariamente
españoles.
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| Residencia por arraigo para menores de edad |
Hace
referencia a los menores que este a cargo de sus padres (padre o madre) o representante
legal y residan en España. Hay que acreditar la escolaridad del niño
por al menos dos años en España y que el familiar residente tiene
un contrato de trabajo y una vivienda de la que sea titular. |