¿Quienes pueden
solicitar la nacionalidad española? |
Todos los extranjeros que han residido en España por
un tiempo determinado pueden solicitar la nacionalidad española. Es decir
que usted tiene que estar viviendo en España y tener un permiso de residencia.
También aquellos que son españoles de origen o bien están
condiciones de optar por la nacionalidad española.
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¿Quiénes
pueden adquirir la nacionalidad española por residencia? |
Si ha residido legalmente en España durante
diez años y de forma continuada, es decir con una autorización de
residencia tendra derecho a adquirir la nacionalidad española.
El
tiempo exigido será menor si te encuentras dentro de estos requisitos:
1. Todas aquellas personas que han nacido en España
pueden solicitar la nacionalidad española al cumplir un año
de residencia. 2. Los extranjeros casados con un español,
siempre y cuando no estén separados de hecho o legalmente, pueden solicitar
la nacionalidad española cumplido un año de residencia legal y continuada.
3. Los refugiados políticos o aquellos que han obtenido
asilo, pueden solicitar la nacionalidad española habiendo
residido legalmente y de forma continuada durante 5 años. 4. Si eres
natural de algún país latinoamericano,
Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o Sefardíes, tendrán
que tener dos años de residencia legal en España para solicitar
la nacionalidad española. 5. Todos los extranjeros que han nacido
fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que han sido españoles
de origen, pueden solicitar la nacionalidad española con un año
de residencia legal. 6. Los extranjeros que han tenido un hijo nacido
en territorio español y lleva residiendo un año, pueden
solicitar la nacionalidad española para su niño. 7. Aquellos
extranjeros que han estado bajo la tutela legal, guarda o acogida por un
ciudadano español o por una institución española durante
dos años de forma continuada o bien continuará en dicha situación
en el momento de solicitar la nacionalidad española. 8. Los viudos
o viudas de un español o española, siempre que en el momento
de la muerta no existiera separación legal o de hecho y han residido de
forma legal en España por un año, pueden solicitar la nacionalidad
española. Para todos los nacionales de algún país
latinoamericano, España no le exige que renuncie a su nacionalidad,
podrá tener doble nacionalidad.
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¿Dónde
se realiza el trámite para solicitar la nacionalidad? |
La solicitud de la nacionalidad española
por residencia hay que presentarla en el Registro Civil correspondiente a su domicilio.
Modelo de solicitud:
el modelo de solicitud pude conseguirlo en Internet http://www.mju.es/modelo.htm
o en el Servicio de Nacionalidad del Ministerio de Justicia, C/ Ríos
Rosas, 24, Madrid o sus delegaciones.
Personalmente en el horario:
Lunes a viernes, interrumpido de 9 a 17.30 horas; Sábados de 9 a 14 h.-
Durante la jornada de verano, comprendida entre el 1 de julio y el 31 de agosto,
el horario de apertura será de 8. a 15 h. de lunes a viernes y de 8 a 14
h. los sábados. Por correo o por teléfono al Servicio de Nacionalidad
del Ministerio de Justicia, Ríos Rosas, 24 28003-Madrid, Teléfono
91 390 48 39. |
¿Cuándo
puedo adquirir la nacionalidad española por origen? |
La nacionalidad española por origen es aquella
que se adquiere desde el momento de nacer.
Puedes adquirir la nacionalidad
por origen si: 1. Naciste de padre o madre español.
2. Naciste en España de padres extranjeros y uno de tus padres es también
nacido en territorio español. 3. Naciste en España de padres
extranjeros y ambos carecen de nacionalidad o si la legislación de los
países de tus padres no te atribuye ninguna nacionalidad. 4. Naciste
en España de padres desconocidos. |
¿Cuáles
son las condición para optar por la nacionalidad español? |
Podrás optar por la nacionalidad española
si has estado bajo la patria potestad de un español. Al cumplir tus 20
años o bien dos años después de tu emancipación esta
opción caducará.
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