Se aprueban los modelos de estatutos tipo para la creación de sociedades.

Con la finalidad de agilizar el inicio de la actividad emprendedora y mejorar la competitividad del modelo económico, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se consignan los aspectos esenciales para la constitución telemática de sociedades de responsabilidad limitada.

 
Este Real Decreto viene a regular algunas cuestiones a las que refiere la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores, en la que se preveía la constitución de sociedades de responsabilidad limitada. http://www.euroresidentes.com/empresa/derecho-y-empresa/2014/11/04/se-puede-crear-una-sociedad-en-24-horas/
Lo que este Real Decreto viene a determinar son tanto los aspectos que deben reunir los estatutos-tipo y el modelo estándar estipulado, como la Bolsa de denominaciones sociales con reserva que debe generar y mantener el Registro Mercantil Central.

En cuanto a la primera parte, modelo de estatutos-tipo:

  • Se aprueba un modelo estandarizado de estatutos-tipo para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada con capital social no inferior a 3000€.
  • El objeto social  se identificará en los estatutos-tipo mediante la selección de algunas de las actividades económicas descritas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
  • La redacción de los estatutos-tipo se realizará directamente en la plataforma telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (en adelante CIRCE).
  • Así, se generará un fichero en formato XML que será remitido al Notario por el sistema de tramitación telemática del CIRCE, para que se proceda a la firma de la escritura.
  • Se crea la denominada Agenda Electrónica Notarial, que contendrá el calendario de disponibilidad de los notarios para la firma de la escritura.
  • Una vez firmada, se remitirá la escritura al Registro Mercantil una copia autorizada de la constitución (también en formato XML).
  • Se pondrá a disposición de los otorgantes en el Punto de Atención al Emprendedor (PAE), de forma totalmente gratuita, una copia simple electrónica de la escritura de constitución.

 

 Por otro lado, y en cuanto a la Bolsa de denominaciones sociales con reserva, será generada y mantenida por el Registro Mercantil Central. Este organismo generará de manera aleatoria y mantendrá actualizada una relación de al menos 1500 denominaciones sociales, la cual podrá ser consultada electrónicamente de forma gratuita. Este trámite podrá ser realizado igualmente por el PAE.

 

El Gobierno vuelve a dar una vuelta más a la ya famosa Ley de Apoyo a los Emprendedores, intentando con este Real Decreto instrumentar la forma de agilizar la puesta en marcha del negocio para el emprendedor. (Foto: Pixabay)


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