La Agenda Europea para la economía colaborativa

9611700-15458171 La Comisión europea ha presentado “Una agenda Europea para la economía colaborativa” que pretende proporcionar orientación en relación con distintos aspectos que supone el nuevo modelo de negocio.
La economía colaborativa se define como aquellos modelos de negocios en los que las actividades se desarrollan a partir de plataformas colaborativas que proporcionan un mercado abierto para la utilización temporal de bienes o servicios, normalmente ofertados por entes privados.
Nos referimos a tres actores:
• Los proveedores de los servicios;
• Los usuarios de tales servicios;
• Y los intermediarios que conectan a los dos primeros.
Esta agenda les proporciona orientaciones sobre cómo debería aplicarse la legislación vigente de la Unión europea a este sector en crecente evolución.
Como requisitos de acceso al mercado la Comisión establece que únicamente se puede obligar a los proveedores de servicios a obtener autorizaciones o licencias cuando sea rigurosamente necesario para alcanzar objetivos relevantes de interés general. Las prohibiciones absolutas para realizar determinadas actividades, constituyen una medida que se debe aplicar en última instancia. Sin embargo, los que actúen como meros intermediarios entre los consumidores y oferentes de un servicio no deben estar sujetas a autorizaciones o licencias.
Las plataformas pueden quedar sometidas a requisitos regulatorios por los servicios que prestan ellas mismas como, por ejemplo, los servicios de pago. La Comisión dispone que, en cualquier caso, el análisis ha de hacerse caso por caso, teniendo en cuenta las circunstancias fácticas y jurídicas relevantes.
Por lo que se refiere a la protección de los usuarios, la Comisión establece que los Estados Miembros deben garantizar a los consumidores un alto nivel de protección respecto a las prácticas comerciales injustas. Sin embargo, ello no debe imponer obligaciones de información desproporcionadas a los particulares que presten servicios eventualmente.
También se abordan aspectos como el régimen de responsabilidad al que deben quedar sometidas las plataformas, el sistema laboral que debe desarrollarse y la fiscalidad.
En definitiva, estos nuevos modelos de negocio pueden contribuir a un incremento del empleo en la Unión Europea si se promueven de una forma adecuada, constituyendo, por tanto, una oportunidad para los consumidores, los emprendedores y las empresas.
Los Estados Miembros deberán revisar su legislación de acuerdo con estas directrices y la Comisión Europea hará un seguimiento de la evolución del entorno económico y de los cambios regulatorios, así como de los avances económicos y empresariales que se experimenten en este ámbito. También hará un seguimiento de la evolución de los precios y la calidad de los servicios prestados identificando los posibles problemas e inconvenientes que pudieran surgir en las diferentes legislaciones nacionales.


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