¿Cómo puedo saber si mi empresa tiene un verdadero «know-how»?

El concepto de «know-how» es uno de los que más se utiliza en el mundo de la empresa.

Suele ser habitual que el empresario considere que el producto o servicio que vende tiene algo genuino, que le distingue de la competencia. Y de ahí es fácil caer en el error de que la empresa tiene un verdadero «saber hacer» propio.

Al margen del significado general que el término ha alcanzado, puede ser interesante conocer cómo interpretan los tribunales españoles este concepto, es decir, qué entienden ellos por «know-how».

Para que ese producto o servicio pueda ser considerado fruto de un «know-how» propio, nuestros jueces vienen exigiendo la concurrencia básicamente de cuatro requisitos:

1) debe tratarse de un verdadero secreto, entendido como desconocido o de difícil acceso para la mayoría de nuestros competidores;

2) debe otorgar una ventaja competitiva con respecto al resto, es decir, ha de ser verdaderamente útil;

3) debe ser concreto, fácilmente identificable;

4) y por último, debe ser valorable económicamente.

Como decimos, se trata del concepto legal de «know-how», que difiere sustancialmente del concepto común o generalmente extendido.

De lo que se trataría ahora es de determinar si en el caso de nuestra empresa, el producto o servicio que prestamos es fruto de un verdadero saber hacer propio. Si es así, podremos decir con conocimiento de causa que somos diferentes, únicos en el mercado.


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