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Las comisiones
en las hipotecas | |
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El
préstamo hipotecario y las comisiones |
Si
usted fija su atención solo en los tipos
de interés, el plazo,
el importe, las cuotas de amortización
mensuales... Puede llevarse un serio disgusto si no ha ponderado adecuadamente
las comisiones que conlleva el préstamo. En una hipoteca conviene que analice
en profundidad las siguientes comisiones: comisión de apertura, comisión
de cancelación y comisión de subrogación.
- Comisión
de apertura y estudio. Se incluyen todos los gastos originados por el Banco
o Caja de Ahorros las entidades por la tramitación del contrato del préstamo
hipotecario. Se calcula en tanto por ciento del importe del préstamo. Generalmente,
el importe de esta comisión se cobra cuando se firma el contrato, no obstante,
es posible acordar con la entidad financiera abonarla a lo largo de la vida del
préstamo. Esta comisión se incluye en el cálculo
de la TAE (Tasa Anual Equivalente) o coste efectivo del préstamo. Por
tanto, debe ser la TAE lo que finalmente compare con las ofertas de otros bancos,
dado que, al menos recoge ya las comisiones que con toda seguridad tendrá
que pagar por su hipoteca.
- Comisión de cancelación o amortización
anticipada. Se aplica por la entidad financiera en el caso de que el cliente
desee cancelar parcial o totalmente la hipoteca antes de cumplirse el plazo. Se
calcula como un porcentaje sobre la cantidad cancelada o entregada a cuenta. Por
Ley, las comisiones de cancelación tienen establecidos unos límites
máximos. En los préstamos a interés variable la comisión
por amortización está limitada al 1%, en los préstamos
a interés fijo la comisión suele ser más elevada. En
este último caso, debe ser muy consciente de que una muy elevada comisión
de cancelación le desalentará si desea amortizar la hipoteca a efectos
de beneficiarse de una posible baja de tipos de interés y, por ejemplo,
negociar un nuevo préstamo con otra entidad financiera.
- Comisión
de subrogación. Esta posibilidad
recogida por la legislación vigente se fija en el 1% del préstamo.
Permite el cambio de hipoteca de un Banco a otro, con la posibilidad de variar
el tipo de interés, y mantener las condiciones en cuanto a plazo e importe
pendiente de amortizar. El Banco tiene que estar de acuerdo para que se lleve
a efecto la subrogación de la hipoteca.
Estas son básicamente
las comisiones que se suelen recoger en los préstamos hipotecarios. |
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