Se pueden desgravar impuestos
en la declaración de la renta por los
siguientes conceptos:
-
Por Discapacidad
-
Por Maternidad
-
Por número
de hijos
-
Por compra
o rehabilitación de vivienda
habitual
-
Por actividades
económicas
-
Por doble
imposición
-
Por Donativos
-
Por actuaciones
para la protección y difusión
del Patrimonio Histórico Español
y las ciudades y Conjuntos declarados
Patrimonio Mundial.
Las principales deducciones siguen siendo las
aportaciones a planes de pensiones y las inversiones
en compra de vivienda. Por otra parte, cada
comunidad autónoma ha creado su propio
sistema de deducciones por lo que debe ser consultado
también, ya que varían de una
comunidad a otra.
Ver también:
Calendario
Laboral 2008
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