El Borrador de la Declaración de la
Renta es un servicio en el que Hacienda nos
hace una estimación de nuestra declaración
basándose en los datos de nuestros
ingresos y retenciones, hipotecas, inversiones
etc., que a partir de este año las
entidades financieras, la empresa privada
y la administración se le hace llegar
a la Agencia Tributaria. A partir del 2008
este borrador de la renta puede servir como
nuestra declaración.
Plazo para solicitar el borrador de la
declaración a Hacienda: Se puede
solicitar desde el lunes 3 de marzo hasta
el 23 de Junio.
Envío del borrador de
la declaración de la renta al domicilio:
Si ya en su declaración del año
anterior indicó la casilla de envío
de borrador, para este año ya la Agencia
Tributaria se lo enviará al domicilio
que indicara. La falta de recepción del
borrador de la renta no exonerará al
contribuyente del cumplimiento de su obligación
de presentar declaración.
¿Dónde se puede
obtener el Borrador Renta 2008?:
- A través de Internet.
- A través de TDT. (Televisión
Digital Terrestre)
- Llamando al teléfono 901 12 12 24
(24 horas)
- Llamando al teléfono 901 200 345
- En las oficinas de la AEAT.
Es muy importante tener la declaración
del año anterior (2006) cerca, ya que
pedirán algún dato para la confirmación
del nuevo borrador. Cuando la Administración
Tributaria no disponga de la información
necesaria para la elaboración del borrador
de declaración, pondrá a disposición
del contribuyente los datos que puedan facilitarle
la confección de la declaración
del Impuesto, pero no le entregará un
borrador.
¿Quién puede
pedir el borrador de renta?: Las personas
que pueden obtener de la Administración
tributaria el borrador para la declaración
deben satisfacer uno (o mas) de los siguientes
requisitos:
a) Tener nómina (rendimientos del
trabajo).
b) Tener ingresos bancarios (rendimientos
del capital mobiliario) sujetos a retención
o ingreso a cuenta, así como los derivados
de letras del Tesoro.
c) Recibir ingresos por un alquiler (imputación
de rentas inmobiliarias) siempre que procedan,
como máximo, de dos inmuebles.
d) Ganancias patrimoniales sometidas a retención
o ingreso a cuenta, así como las subvenciones
para la adquisición de vivienda habitual.
Confirmación Borrador Renta 2008.
Una vez comprobado el borrador, si está
de acuerdo con el resultado debe enviar una
confirmación a Hacienda. Las formas de
enviar la confirmación del borrador son:
- Por SMS : Envia mensaje al 5025 indicando:
Renta, espacio, número del justificante
del borrador, espacio y el NIF (número
de identificación fiscal) o NIE
- En cajeros: Banca electrónica y bancos
- En las oficinas de Hacienda
Modificación del borrador de Renta:
Si detecta un dato erróneo en el borrador,
se puede pedir una modificación solicitando
cita previa por Internet o al teléfono
901 121 224 (todo el día) y, a partir
del 20 de abril, en el 901 223 344.
Ver también:
Calendario
Laboral 2008
|