9/06/2006

Indemnizaciones por la huelga de El Prat

Los pasajeros que se vieron afectados por las más del medio millar de cancelaciones de vuelos a finales de julio (días 28-29), debidas a la huelga convocada en el aeropuerto de El Prat por el personal de tierra de Iberia, deberán consultar el Boletín Oficial del Estado (BOE) para comprobar si tienen derecho a alguna indemnización.

En el BOE los vuelos cancelados

Hoy se publican en el BOE los vuelos cancelados cuyos pasajeros podrán acogerse a las indemnizaciones acordadas en el último Consejo de Ministros (Resolución de 1 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 2006, por el que se formula mandato a la entidad pública Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) para facilitar el ejercicio de las reclamaciones de los pasajeros afectados por la suspensión de actividades en el aeropuerto de Barcelona el día 28 de julio de 2006)
Ver: http://www.boe.es/boe/dias/2006/09/06/pdfs/A31826-31831.pdf
(En el anexo vienen los vuelos cancelados)

Las indemnizaciones serán adelantadas por AENA, y ésta también se encargará de "facilitar el ejercicio de las reclamaciones" de los pasajeros afectados por la suspensión de actividades (ya se han tramitado 20.623 reclamaciones de indemnizaciones a través del Ministerio de Fomento).

Indemnización ofrecida: 250 euros por vuelo cancelado

Aena pasa por el mecanismo de reclamación previsto. De hecho los pasajeros deben:

  • Presentar ante AENA una oferta de cesión de sus derechos y acciones en el plazo de un mes desde la publicación del BOE (previamente debe haberse presentado la reclamación)
  • Tras comprobación AENA compensará 250 euros por cancelación de vuelo y 180 euros por pérdida o destrucción del equipaje facturado.
BOE: http://www.boe.es/boe/dias/2006/09/06/pdfs/A31826-31831.pdf

Temas anteriores relacionados con Indemnizaciones por la Huelga del Prat:

Etiquetas: ,

Google