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Escriturar por debajo del valor estipulado en el contrato.

Pregunta al abogado:

La promotora que está construyendo mi piso me está presionando para escriturar por debajo del valor estipulado en el contrato. Yo me estoy negando pero me gustaría saber que pueden hacer al respecto (por ejemplo, rescindir el contrato).

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También piensan escriturar y entregar las llaves sin que los pisos lo hayamos vistos terminados, aunque lo ví una vez cuando estaba casi terminado. ¿Lo pueden hacer?. Mi preocupación es que al negarme a escriturar al precio que ellos pretenden si después existen problemas de construcción no sean muy responsables para solucionármelos y tenga que estar detrás de ellos continuamente.

Respuesta:

Existen dos problemas principalmente si escrituras por debajo del precio del contrato (privado): en primer lugar estas cometiendo un fraude a la hacienda pública, ya que la base imponible del IVA sería menor, y en segundo lugar, en caso de rescisión o resolución del contrato, la única cantidad que ha quedado reflejada, a los efectos de los posibles reintegros de prestación económicas, es la expuesta en la escritura pública, pues podría defenderse con la existencia de una novación del contrato, es decir una modificación en el precio del contrato, pudiendo perder el resto.

En segundo lugar, es igualmente frecuente que en las escrituras públicas de este tipo de promotoras, se exponga una cláusula en la que se exponga que el comprador ha revisado la vivienda no observando ningún defecto y que renuncia a cualquier tipo de reclamación por defectos de terminación o acabado. Ten cuidado y niégate a firma esta cláusula.

En tercer lugar, estas comprando una vivienda, exígele que te la enseñe, pero es más si intuyes que pueda existir algún problema, ponte en contacto con un abogado de tu ciudad, muéstrale las condiciones que tenéis pactadas en el contrato de compraventa, a los efectos de que si te niegas a firmar por este motivo, examine cuales son las posibles consecuencias así plantear cual seria la estrategia a los efectos de dejar sentadas pruebas para un posible juicio, por ejemplo: requerirle (mediante notario o Burofax con certificado de contenido) a la promotora para que te enseñe el piso que se te va a vender, antes de la firma, como condición previa, y ello para que no se defienda la promotora de que no existía voluntad tuya de comprar.

http://foros.euroresidentes.com/viewtopic.php?t=8735 (pregunta del foro)

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