La comisión de cancelación se calcula como un porcentaje sobre la cantidad cancelada o entregada a cuenta.
Por Ley, las comisiones de cancelación tienen establecidos unos límites máximos.
En los préstamos a interés variable la comisión por amortización está limitada al 1%; en los préstamos a interés fijo la comisión suele ser más elevada.
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