Diferencial.
Es el margen o porcentaje que se suma al valor del índice
que se pactado como referencia (euribor, mibor,
IRPH de cajas, bancos, CECA, Deuda Pública...), en el momento de la revisión
del tipo de interés, de un préstamo
hipotecario contratado a tipo variable o mixto.
Si un cliente tiene contratado un préstamo
hipotecario al euribor más un punto y el euribor
está en el 4%, el nuevo tipo de interés del crédito será
el 4% más el punto, 1%, establecido en el diferencial, es decir,
un 5%.
En resumen, en una oferta de préstamo hipotecario:
Indice
(ej. eurribor) + diferencial = tipo de interés ofertado
Se trata
pues de una variable a contrastar entre las ofertas disponibles en el mercado
y a negociar con las entidades financieras (bancos, cajas...) que nos den condiciones
más ventajosas. Recordamos que más que un buen diferencial, hay
que conseguir una buena TAE.