Escritura. Documento público firmado y
autorizado por un notario que da fe de su contenido
y que lo faculta para ser inscrito en el Registro
de la Propiedad.
Una escritura de una vivienda incluye, entre otras cosas:
- Las partes firmantes
que intervienen (generalmente vendedor y comprador)
- La
descripción física de la vivienda con detalle
- El
título de propiedad de adquisición, con la inscripción en
el registro del citado título a nombre del vendedor
- El
valor de la vivienda o inmueble;
- Las cargas de la vivienda en caso de que las hubiera
- El abono
de los gastos de la comunidad
de propietarios
- El precio de la compraventa
y forma de pago
Una vez explicada y leída
la escritura de compraventa por parte del notario, firman, conjuntamente con el
notario el comprador y el vendedor.
La práctica habitual
en la compra de una vivienda es la firma de un contrato privado de compraventa,
para después elevarlo a escritura pública. La plena seguridad de
la transmisión se obtiene con la inscripción en el Registro de la
Propiedad de la escritura. El notario, una vez otorgada la escritura de compraventa
puede enviar un fax al Registro notificando la operación el mismo día
del otorgamiento de la escritura.
En la práctica operativa,
la estrecha colaboración de notarios y registradores de la propiedad le
proporciona al comprador la garantía de que la compra de la vivienda se
hace al verdadero propietario y está libre de cargas,
sin que se vea afectado por fraudes, errores, etc.
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