IAJD-
Hipotecas: Su base de cálculo es la "responsabilidad hipotecaria"
en el caso de las hipotecas. Se entiende por responsabilidad hipotecaria la suma
de todos los conceptos que son garantizados mediante la hipoteca (el capital prestado,
los intereses ordinarios, los intereses de demora, costas judiciales, gastos,
etc.).
El tipo a aplicar varía
dependiendo de las Comunidades Autónomas y de los importes.
En
el caso de las hipotecas, por tanto hay que tener en cuenta que su base para el
cálculo es la del total de responsabilidad hipotecaria y no exclusivamente
por el principal del préstamo (del orden de 1´5 veces del capital
del préstamo), salvo las excepciones contempladas en la ley sobre subrogación
y modificación de hipotecas.
IAJD- Compraventa de
Vivienda. Para la base de cálculo del Impuesto sobre actos jurídicos
documentados en el caso de la compraventa de vivienda nueva se toma el importe
escriturado de compraventa.
El impuesto sobre transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados IAJD está cedido a
todas las Comunidades Autónomas de régimen común y puede
variar según las Comunidades. entre el 0,1% y el 1 %.