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Derecho uso elementos comunes

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PREGUNTA.- Una vecina de mi comunidad, propietaria de un piso y dos plazas de parking en el mismo edificio, ha alquilado su piso.

En la última reunión de propietarios de parking, se le ha reclamado que no puede usar la puerta de entrada de la calle , ni el ascensor que conduce al parking, ya que no reside en la vivienda.

¿Hay alguna ley que niegue la entrada a un propietario?

RESPUESTAS. El mero hecho de que una persona no resida en la vivienda, no es causa justificativa para que no pueda usar la puerta de la entrada ni el ascensor, ya que a nadie se le puede impedir el uso de servicios comunes.

No obstante lo anterior, es conveniente se compruebe la posible existencia de dos comunidades distintas; es decir una para las viviendas y otra para los garajes por si en las normas de alguna de
ellas se estableciera alguna prohibición sobre el particular.

F. Brotons Baldó. Administrador de fincas

Temas: Derecho uso elementos comunes por propietarios que han alquilado sus viviendas.

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