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Posibilidad de no aceptación cargo Presidente Comunidad

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¿Existe alguna norma para no aceptar el cargo de Presidente?

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RESPUESTA. No hay ninguna norma al respecto, por lo tanto el propietario nombrado como Presidente en Junta estará obligado a aceptar el cargo.

Pero, si el propietario elegido no está en condiciones físicas, no reside en la finca, o la elección no se ha realizado correctamente, etc., ha de comunicarlo a sus vecinos; en caso de negativa, tendrá que plantearse acudir a los Juzgados.

En el caso de que no haya candidatos al puesto, se decidirá por turno rotatorio o por sorteo.

Otra cuestión a considerar, es que el Presidente de la Comunidad tiene que ser propietario de una vivienda en el edificio. En ningún caso, pueden ser elegidos inquilinos. Cuando el Presidente es una empresa, ésta debe nombrar un representante para esta función.

F. Brotons Baldó. Administrador de fincas

Temas: No aceptación del cargo de Presidente en una Comunidad de Vecinos. Negativa a ser Presidente de la Comunidad. Obligatoriedad de la aceptación del cargo como Presidente de la Comunidad.

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