Una
vez comprada y escriturada la vivienda nos quedan los gastos de constitución
de la propia hipoteca cuya cuantía viene dada por el propio importe
del préstamo hipotecario o más específicamente del Capital
garantizado o Cifra de responsabilidad hipotecaria (importe del préstamo
+ intereses + comisiones). Son los siguientes: - Notaría:
gastos notariales ocasionados por la escrituración de la hipoteca.
- Gestoría:
gastos ocasionados por la tramitaciones en el Registro y en Hacienda.
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Debemos advertirle que mientras que esté
viva la hipoteca le puede causar nuevos gastos hasta llegar al último gasto
derivado de su propia cancelación. Son estos: - Intereses
de demora: por incumplimiento de los plazos de pago de las cuotas.
- Comisión
de cuotas impagadas: importe fijado por la entidad financiera para la regularización
de la cuotas impagadas.
- Comisiones por emisión y gastos de envío
de los recibos. No suele ser usual.
Al llegar a la Cancelación
de la hipoteca debe también cancelarla
en el Registro para eliminar la carga
sobre su vivienda. Esto le obligará a un proceso parecido: escritura de
cancelación ante notario, registro,
gestoría, etc. Para la cancelación
de una hipoteca de 100.000 euros, le ocasionará en torno a los 765 euros
de gastos. Pero si tiene una hipoteca a 30 años, quizás esto sea
hacer futurismo....
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