PREGUNTA.-Me han dicho que no es legal que
haya instalados tendales que den a la calle, y que, por lo tanto, sólo
son legales aquéllos que dan a un patio de luces o los situados dentro
de la vivienda ¿es así?
RESPUESTA.
Efectivamente por regla general las ordenanzas municipales, o bien la propia normativa
contenida en el plan general municipal de ordenzación urbana, suelen establecer
prohibiciones para instalar tendederos que recaigan directamente a la vía
publica, estableciendo al propio tiempo lugares específicos donde puede
realizarse tal menester.
Temas: Tendero / Tendal en la vía
pública, fachada principal del edificio, tenderos y estética del
edificio en ordenanzas municipales. Tender la ropa en la calle.
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