Vivienda

Comunidades de Vecinos
Representación del cónyuge en la Junta de Propietarios
Euroresidentes,
   
 
 

Comunidad de Propietarios:

Representación del cónyuge en la Junta de propietarios
PREGUNTA.- ¿Es válida la representación del cónyuge en la Junta?

RESPUESTA. Tratándose de bienes gananciales, el apartado 2º del art. 1.385 del Código Civil establece que cualquiera de los cónyuges podrá ejercitar la defensa de los bienes y derechos comunes por vía de acción o de excepción, es decir, si uno de los cónyuges asistió y votó en la Junta, su actuación vincula al otro sin perjuicio de una hipotética acción que pudiera ejercitar éste contra aquél por los daños y perjuicios que se le derivasen.

Temas: Representación de los cónyuges en las Comunidades de Vecinos. Viculación de la representación matrimonial en las votaciones de la Juntas de propietarios. Validez acuerdos Junta - cónyuges.

Temas relacionados Vivienda- Comunidades:

¿Dudas, preguntas, problemas en tu Comunidad de Propietarios?

SERVICIO ONLINE DE CONSULTAS SOBRE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS en dos pasos:

1. Haz tu pago (15 Euros
IVA incluido/ consulta) con tu tarjeta y toda seguridad a través de PayPal:

y 2. Escríbe tu consulta al correo alicia@euroresidentes.com

Se responderán las consultas en un plazo máximo de 48 horas (días laborables), tras haberse confirmado el pago seguro a través de PayPal.


Servicio ofrecido por: F. BROTONS BALDO
GESTION DE PATRIMONIO INMOBILARIO RAMBLA 18-2 03002 ALICANTE
 
 

 

  

Foro de quejas y reclamaciones


 
© 2000 Euroresidentes. ItyIs Siglo XXI, Comunidades de propietarios
Euroresidentes, España Spain