| RESPUESTA. Dada su condición de Presidente
de la Comunidad, y a fin de evitar - en la media de lo posible - que se produzcan
estas situaciones, considero que la Comunidad debería aprobar en la correspondiente
Junta que convoque al efecto, una reglamentación que tenga por objeto regular
precisamente los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de
los servicios y cosas comunes. A esta normativa de tipo de interno se le denomina
normas de régimen interior, las cuales obligan a todo titular, y
bajo ningún concepto puede contravenir la Ley ni los estatutos. Una vez
aprobada en Junta dicha reglamentación o es cuando Vd. dispondráde
mayor autoridad frente a la hija de un propietario, dado que tendrá Vd.
como cobertura o soporte la normativa aprobada por la Comunidad. Temas
vinculados con las Normas de Régimen Interior: Aprobación de
las Normas de Régimen interior. Reglamento aprobado por la Junta para normas
de convivencia en la Comunidad y uso de servicios, lugares, instalaciones, infraestructuras
y equipamientos comunes. Temas relacionados Vivienda- Comunidades: |