| RESPUESTA.
Para que Vd. no tenga ningún tipo de responsabilidad, es conveniente convoque
una Junta de vecinos para tratar este importante asunto, máxime cuando
como Vd. indica todavía no hay instalado ninguno. Sería conveniente
pues que en esa junta se aprovechase la ocasión para que la Comunidad acordase
las condiciones que deben regir en su instalación, tales como designar
los lugares adeudados, que no comporte ninguna molestia para los vecinos, nivel
máximo de frigorias etc. etc. No obstante lo anterior he de indicarle que
en alguna ocasión los tribunales de justicia han eximido al propietario
de la autorización comunitaria, en atención a la actividad a desarrollar,
así como en aquellos supuestos en los que el tamaño de aparato no
es desmedido, y no se causa ningún tipo de daño o perjuicio de los
vecinos. Temas vinculados: Aparatos de aire acondicionado y refrigeración
de edificios. Instalación, permisos y pasos en la Comunidad. Temas
relacionados Vivienda- Comunidades: |