Vivienda

Comunidades de Vecinos:
Junta de propietarios
Euroresidentes,
   
 
 

Comunidad de Propietarios: Junta de propietarios

 

Es el órgano supremo de una comunidad de vecinos organizada en régimen de propiedad horizontal y le corresponde decidir sobre todas los temas de trascendencia comunitaria.

Se distinguen dos tipos de Juntas de propietarios:

  • Juntas Ordinarias: para aprobar los presupuestos y cuentas de la Comunidad que deben celebrarse por lo menos una vez al año, convocadas con un mínimo de seis días de antelación.
  • Juntas Extraordinarias, el resto de juntas para tratar temas diversos.

El cargo de Presidente es el más relevante, único que necesariamente debe cubrirse. Debe hacerse por elección (por el quórum ordinario de mayoría simple) o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. La competencia fundamental y la más relevante es la que le otorga la representación legal de la Comunidad.

Los acuerdos de una Junta de Propietarios, salvo en determinados casos en que se exige unanimidad o mayorías cualificadas, pueden adoptarse por mayoría.

Las competencias de las juntas de propietarios vienen definidas en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal

Temas relacionados:

¿Dudas, preguntas, problemas en tu Comunidad de Propietarios?

SERVICIO ONLINE DE CONSULTAS SOBRE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS en dos pasos:

1. Haz tu pago (15 Euros
IVA incluido/ consulta) con tu tarjeta y toda seguridad a través de PayPal:

y 2. Escríbe tu consulta al correo alicia@euroresidentes.com

Se responderán las consultas en un plazo máximo de 48 horas (días laborables), tras haberse confirmado el pago seguro a través de PayPal.


Servicio ofrecido por: F. BROTONS BALDO
GESTION DE PATRIMONIO INMOBILARIO RAMBLA 18-2 03002 ALICANTE

 

 
 
 
  
 
© 2000 Euroresidentes. ItyIs Siglo XXI,
Euroresidentes, España Spain