PREGUNTA.-Tengo unos vecinos que hace veinte
años que hacen lo que les da la gana enla comunidad sin preguntar a nadie,
lo hacen todo a escondidas y cuando ya esta hecho nadie les dice nada, pero por
fin esta veces nos han hecho cambiar todos los entrefinos y placa exterior de
todos porque a ellos no les funcionaba, y como no hay comunicación entre
los demás vecinos uno por otro nos pensábamos que eso era una cosa
consensuada por todos los vecino y que el presidente lo sabia, pero el otro día
en reunión de vecinos el presidente dice que no sabia nada el otro vecino
que a él le funcionaba, nosotros que somos dos pisos también nos
funcionaba, y en reunión se descubrió preguntando quien había
dado la orden, nadie, solo lo sabían este piso que era al único
que no le funcionaba y el administrador que no comunico nada a nadie. Bueno ya
esta hecho y hay que comerse los nuevo entrefinos que no hemos decidido ni elegido
nadie solo este vecino. Pues bien, como esto ya ha pasado de castaño oscuro
preguntó: Este vecino de
los ocho que tenemos terraza con una venta
que da a la calle, exteriores comunitarios, ha puesto un todo en su ventana sin
pedir permiso al presidente ni a la comunidad, ya que el día que se hizo
la reunión no comento nada y luego aparece justo el todo una semana después
de la reunión, ellos ya sabían que lo habían de poner porque
en una semana no se mira se encarga y se pone. Esto afecta y hace muy mal efecto
a la fechada de la finca, yo me siendo molesta porque discrimina a todos los demás
que tenemos ventana, ¿Tenía que pedir permiso a la comunidad y que
constara en el acta o el puede presidente también darles permiso, puedo
hacerles sacar el toldo?
RESPUESTA.
En la medida en que el toldo puede afectar a la estética del Edificio en
su conjunto, en función de las dimensiones del mismo, la instalación
del dicho toldo debería haberse efectuado con el correspondiente permiso
o autorización comunitaria, no pudiendo el presidente conceder dicha autorización
sin el correspondiente acuerdo de la Junta de Propietarios.
Es por ello
por lo que sería conveniente que se convocase una Junta de Propietarios
para tal menester, a fin de que sea esta la que se pronuncie sobre el particular
y en su caso de aprobarse la colocación de toldos pueda establecer los
requisitos en cuanto modelo, color, dimensiones etc. etc. Si ello sucede debería
obligarse al propietario que ha colocado el toldo sin ningún consentimiento,
a cambiarlo por el modelo, color, dimensiones, etc. que establezca la Junta de
Propietarios.
Temas: Toldos que afactan a la fachada y a elementos
comunes. Permisos para la instalación de toldos en ventanas y terrazas.
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