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Comunidad de Propietarios:

Denuncia Comunidad de Propietarios por no hacer reparaciones de elementos comunes
PREGUNTA.- Vivo en un duplex adosado, en el que hay una terraza en lo alto de mi planta de arriba, pertenece a otra vivienda que se accede por la calle de atrás. Desde hace 5 años (desde que nos entregaron las viviendas) cuando llueve hay filtraciones y la comunidad de propietarios había dicho que era un elemento común y que se repararía. El año pasado me pintaron todo lo que se había manchado por las humedades, se hizo cargo la comunidad y que posterior se solucionaría. Como me he vuelto a mojar he llamado al administrador y me ha dicho que ya no lo van ha arreglar por que en junta extraordinaria se presento los presupuestos que había y no se han aprobado ya que se ha decidido no hacerse cargo. El administrador me dice que los denuncie que estoy en mi derecho por que por ley me lo tienen que solucionar. No se si en verdad es cargo de la comunidad o del vecino de arriba? y si denunciarlo me va ha costar más que la reparación?

RESPUESTA. En primer lugar, es conveniente antes que nada que le pida al Administrador de su Comunidad una copia de la escritura de obra nueva y división horizontal y compruebe que no existe ninguna norma especial que desvirtúe el carácter común de dicha terraza. En este sentido, el art. 396 del Código Civil señala entre los elementos comunes del Edificio, la cubierta.

Si ello es así, y existen precedentes en la Comunidad en cuanto a la asunción de diversas reparaciones en la terraza, ( se entiende que la Comunidad asume las reparaciones porque constituye un elemento común de la edificación y en este sentido la Comunidad no puede ir válidamente en contra de sus propios actos) es conveniente le pida Vd. a su administrador copia de dichas facturas abonadas por la Comunidad, a fin de tener un importante elemento de prueba de cara al posterior proceso judicial si fuera necesario.

Le aconsejo que formule en primer lugar una denuncia al departamento de conservación de inmuebles de su Ayuntamiento, contra su Comunidad a fin de que en vía administrativa pueda conseguir la reparación, sin necesidad de pleitos. Si por cualquier circunstancia no le hiciesen caso sería conveniente contactara con un arquitecto y/o aparejador encomendándole una informe técnico sobre el particular.

Con todo ello debería formular un requerimiento por conducto notarial a la Comunidad o por vía de burofax con acuse de recibo con certificado de texto, conminándole a la reparación, dado un plazo transcurrido el cual pueda Vd. acudir a la vía judicial, por incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley de Propiedad Horizontal, a cuyo tener es obligación de la Comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales , de estanqueidad habitabilidad , accesibilidad y seguridad.

En definitiva lo que le propongo es que intente agotar todas las gestiones amistosas, mediante acta notarial, reclamación administrativa al departamento antes señalado, escritos reclamando la reparación al Presidente y administrador de la Comunidad para que en el caso de que fuera necesario demandar, Vd. acredite ante el Juzgado documentalmente dichas gestiones, a fin de que de este modo puedan condenar en costas a la Comunidad. También es aconsejable de parte de siniestro a su seguro, si es que dispone del mismo.

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