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Comunidad de propietarios

Datos de la Comunidad para la Agencia Tributaria

 

PREGUNTA.-¿Es obligatorio facilitar datos de la Comunidad a la Agencia Tributaria, en el caso de que lo solicitara?

RESPUESTA. Sí es obligación facilitar los datos de los propietarios y los que se conozcan de los mismos a la Administración Tributaria, conforme el artículo 114 de la Ley General, sin que con ello la Comunidad cometa ninguna infracción, todo lo contrario, cumple con los preceptos legales.

Ahora bien, eso no significa que tenga obligación de dar algo que no dispone, por ejemplo los Documentos, los domicilios no facilitados, etc.. En definitiva, que la Comunidad debe entregar lo que tiene, indicando que no puede garantizar incluso que sean los auténticos propietarios, pues puede ocurrir que en el Registro figuren otras personas.

De ahí que se deba entregar una relación de propietarios, con dicha advertencia, a la vez que se pone de manifiesto que no consta el documento ni el domicilio, siempre que ello sea así.

Temas vinculados: Colaboración de la Comunidad de Propietarios con la Administración Tributaria. Cumplimiento legal en la obligación de facilitar datos de propietarios a la Agencia Tribitaria.

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