|
PREGUNTA.-Soy propietaria de
un piso que tiene una pérdida de agua en el baño desde el piso de
arriba, desde hace un año. Comunicada la propietaria del piso de arriba
(hace un año y luego sucesivamente) me va dando excusas de que el seguro
no le cubre los gastos y sigue dando largas al asunto. Puedo denunciarla en el
Juzgado para obligarla a realizar los arreglos pendientes que generan la pérdida?
RESPUESTA. Efectivamente, si los daños
que se le están ocasionando en su vivienda provienen de una pérdida
del baño del piso superior al suyo, y lleva tanto tiempo aguantando, es
conveniente que demande judicialmente, siendo aconsejable acompañar a la
demanda un informe de un arquitecto técnico o aparejador, que indique la
procedencia de la avería: y evalúe económicamente el importe
de los desperfectos que se le han ocasionado en
su vivienda, ya sea en pintura,
carpintería etc. etc.
Existe otra vía aconsejable, que es
denunciar a su vecina directamente ante el departamento de conservación
de inmuebles del Ayuntamiento donde Vd. resida a fin de que los técnicos
municipales inspeccionen in situ su vivienda y requieran al denunciado para la
reparación de la fuga con los apercibimientos legales a que hubiere lugar.
Temas
vinculados: daños provocados por fugas, inundaciones, escapes de agua,
baños; daño provocado por piso superior; responsabilidad de daños
de vecinos de pisos o plantas superiores.
Temas relacionados Vivienda-
Comunidades:
|