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RESPUESTA. En mi opinión
la contribución en el arreglo
del cuarto de contadores de un propietario
que tiene cuatro pisos unidos debe efectuarse
con arreglo a la cuota de participación
de cada uno de las viviendas, aún
cuando las tenga unificadas, todo ello
de conformidad a lo dispuesto en el
Art. 9.1 de la LP.H.
Temas vinculados: pago por contador
de electricidad en el caso de la unificación
de viviendas
Temas relacionados Vivienda- Comunidades:
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