- Seguro
obligatorio de accidente: cubre los daños ocasionados por la moto a
terceras personas y a bienes ajenos, con un límite de 325.000 euros por
cada victima y 100.000 euros por daños materiales.
- Seguro de
Responsabilidad Civil, no es obligatorio pero conveniente por ser ilimitado.
Generalmente, es el seguro que cubre los daños a terceros cuando uno es
responsable del mismo, pero en el caso de las motos por lo general no son culpables.
- Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria, que amplía
los capitales de la anterior. Seguro de Asistencia en viaje y la defensa jurídica,
para paliar los daños y averías en viajes largos o/y reclamación
de daños o la accesoria legal en caso de siniestro. Lamentablemente, los
titulares de los seguros de motos son los padres de los usuarios habituales de
las motos.
- Seguro de Asistencia Sanitaria y accidente para el conductor:
el seguro se hace cargo de los gastos de ambulancia, hospitalización,
asistencia médica requerida por el asegurado en caso de siniestro.
IMPORTANTE: leer la letra pequeña, porque la
modalidad de cubrir cada uno de los apartados estarán especificados en
las condiciones generales de la póliza. |