Inmigrantes en España

La residencia permanente en España
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La residencia permanente

La autorización de residencia permanente te permite vivir indefinidamente en España y trabajar en iguales condiciones que los españoles.

 
¿Quiénes pueden solicitar la residencia pemanente?


Los que esten en alguno de las siguientes supuestos:

    1. Si has permanecido o vivido en territorio español con una residencia temporal durante cinco años de forma continuada,

    2. Si eres beneficiario de una pensión de jubilación o de una pensión de incapacidad permanente o gran invalidez, con una renta vitalicia para tu manutención incluida dentro de la acción protectora del sistema español de seguridad social,

    3. Si eres nacido en España y al cumplir la mayoría de edad has estado residiendo legalmente y de forma continuada en España durante tres años consecutivos anteriores a presentar la solicitud,

    4. Si has sido español de origen y perdiste tu nacionalidad española,

    5. Si has estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los últimos tres años anteriores a cumplir la mayoría de edad,

    6. Si eres apatriado o refugiado y te encuentras en territorio español,

    7. Si has contribuido en el progreso económico de España o en el campo científico o en el ámbito cultural.

¿Dónde se solicita el permiso de residencia?


Para solicitar la autorización de residencia permanente tienes que dirigirte a la Oficina de Extranjeros donde pretendes establecer tu domicilio.

¿Puedo renovar la residencia permanente?


Si, se renueva cada cinco años y deberán solicitarse con un mes de antelación a la fecha de vencimiento. También serán aceptadas las solicitudes de renovación presentadas dentro de los tres meses posteriores a la fecha de expiración, con las correspondientes sanciones.

IMPORTANTE: Transcurridos los 3 meses desde el vencimiento no podrá concederse la renovación de una autorización en ningún caso. Tampoco si el interesa ha residido fuera de España durante seis meses interrumpidos.

DOCUMENTOS A PRESENTAR: Para la renovación de la tarjeta de autorización de residencia permanente se presentará copia del pasaporte o documento válido para la entrada en España, o en su caso, cédula de inscripción en vigor, tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné y copia de la tarjeta de identidad de extranjero.

Las solicitudes se formularán en el modelo EX-01. Al presentar la solicitud le entregarán una copia sellada que acredita la presentación de la misma ante el organismo correspondiente. Y al mismo tiempo el resguardo para reclamar en caso de algún inconveniente.

La sola presentación de la solicitud de renovación en los plazos legales autorizados ( 60 días antes o hasta 3 meses del vencimiento, prorrogan automáticamente la validez del permiso que se pretende renovar, aplicables en el ámbito laboral y de Seguridad Social.

 

 
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