Tiene una Comunidad de vecinos obligaciones fiscales?

En los últimos tiempos, Hacienda ha comenzado a ser consciente de que las Comunidades de Propietarios (CP) son una fuente de información económica y fiscal de gran ayuda en su lucha contra el fraude.

Las comunidades de vecinos más comunes no tienen ingresos, por lo que no tienen obligaciones fiscales, pero sí tienen obligaciones de carácter informativo.

En España, las comunidades de propietarios están obligadas a declarar el modelo 347 que recoge las operaciones realizadas con terceros por un importe superior a 3.006 euros. Es decir, aquellas partidas de gasto por proveedor que hayan superado dicha cantidad han de reflejarse en este modelo informativo, desglosando los datos del proveedor y el importe anual de sus operaciones con la Comunidad, IVA incluido.

Es importante tener en cuenta que algunos gastos no tienen que declararse tales como suministros de agua y luz, seguros y combustibles.

Las obligaciones fiscales de una comunidad de propietarios pueden llegar a ser de mayor complejidad cuando la misma percibe ingresos superiores a 3.000 euros.

Por ejemplo, en España los ingresos procedentes de cuentas bancarias o de alquileres de locales comerciales, superiores a esa cantidad deben imputarse a cada propietario en proporción a su cuota de participación y declararse a través del modelo 184.

Es muy importante saber que estos ingresos deben incorporarse a la declaración de la renta (IRPF) de cada propietario.

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