Garantía
de Mercaderías, Cosechas, Semovientes y Maquinaría. Es
la que el sujeto responde del préstamo con la grantia de la producción
y los medios de producción de la actividad agropecuaria.
Esta
modalidad de pignoración admite efectuarse con o sin desplazamiento de
la prenda.
En el primer caso hay que nombrar depositario a
satisfacción de ambas partes, que responderá de la conservación
de los bienes en perfecto estado, comunicando a la entidad bancaria prestamista,
de forma inmediata, cualquier alteración sufrida, y poniéndolos
a disposición de la misma tan pronto como sea requerido para ello.